Chile – Llaitul

SI HÉCTOR LLAITUL HUBIESE SIDO JEFE PACO O MILICO HABRÍA ELUDIDO SER FORMALIZADO O ESTARÍA ABSUELTO 

Si hay algo que eventualmente podría reprocharse al vocero de la Coordinación Arauco Malleco, Héctor Llaitul, condenado por el Tribunal Oral Penal de Temuco a 23 años de presidio efectivo, es no haber optado por hacer carrera como oficial paco o milico.
Con sus capacidades, sin duda podría haber llegado a los más altos niveles de mando y, en tal caso, ni siquiera estaría formalizado, aun cuando fuese responsable de asesinatos, mutilaciones o robos, no de madera, sino de millones de pesos del erario nacional.
Evidentemente esto no es más que pura imaginación, pues cabe preguntarse si un indio y más encima de origen humilde, habría tenido más no fuera una ínfima posibilidad de ingresar a alguna de las escuelas de oficiales y, menos aún en el caso de tal milagro, subir en el escalafón.
La condena contra Llaitul fue pronunciada con pocos días de diferencia de la fecha en que el general director de Carabineros, Ricardo Yáñez, gracias a la conmoción provocada por el asesinato de tres policías en el sur de Chile, escapó una vez más la formalización por su responsabilidad en las graves violaciones a los derechos humanos cometidas durante manifestaciones a partir de octubre de 2019.

Casi al mismo tiempo, el ex comandante en jefe del Ejército Juan Miguel Fuentealba y su esposa Anita Pinochet, esta última, como bien se sabe, miembro de una familia de reconocida honestidad, fueron absueltos del cargo de lavado de dinero por el Cuarto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago.
La propia juez que emitió este veredicto se permitió señalar el deficiente trabajo de investigación realizado por la Fiscalía Nacional y por la PDI, instancias que, a pesar de las evidencias acumuladas, fueron incapaces o no tuvieron la voluntad  de elaborar un expediente con todos los elementos necesarios para una condena.
Esto, a pesar de que en el mismo veredicto que libera del cargo de lavado de dinero a Fuente-Alba y a su esposa, queda implícitamente establecido el delito de malversación de fondos públicos, caso este último que, afortunadamente para los enjuiciados, es investigado por la justicia militar.
Todo queda en familia.
En el caso de Llaitul, el cargo más grave y por el cual fue condenado a la máxima pena de 15 años es el definido como “apología o propaganda de doctrinas, sistemas o métodos que propugnen el crimen o la violencia en cualquiera de sus formas, como medios para lograr cambios o reformas políticas, económicas o sociales”.
En el contexto al menos teórico de una democracia, como se supone es la chilena, esta condena castiga lo que Llaitul pudo expresar u opinar en conformidad con su derecho a la libre expresión, consagrado incluso por la actual Constitución y además, por el Pacto de Derechos Civiles y la Convención Americana de Derechos Humanos, instancias de las cuales Chile es firmante.
Del mismo modo, las opiniones, expresiones y llamados que pudo hacer Llaitul no implica responsabilidad en las acciones que pudieron llevarse a cabo por otras personas y que pudiesen ser interpretadas como consecuencia de los dichos.
En este caso, el recurso del Estado de utilizar una ley de excepción heredada de la Dictadura militar y el de valerse de testigos anónimos y protegidos para establecer los cargos, demuestra una vez más la voluntad de este de tratar la cuestión mapuche mediante la violencia y el enfrentamiento, en lugar del diálogo, lo que ha sido la línea de los gobiernos llamados democráticos.
A modo de ayudamemoria, vaya el caso del montaje en la llamada “Operación Huracán” y, sobre todo, hace diez años, la condena al Estado de Chile de parte de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) por aplicar la ley antiterrorista a dirigentes del pueblo mapuche y a una militante.
En la ocasión la CVIDH estableció que el Estado chileno vulneró el principio de legalidad y el derecho a la presunción de inocencia, violó el principio la igualdad y no discriminación y el derecho a la igual protección de la ley; los derechos de la defensa, la libertad personal, libertad de pensamiento y expresión, derechos políticos y la protección de la familia de uno de los comuneros.
Desde ya y con todos estos antecedentes, la defensa de Héctor Llaitul anunció la presentación de un recurso de nulidad del fallo emitido por el tribunal de Temuco.

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